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complemento de pagos

Como hacer un complemento o recibo de pagos REP?

Publicado por Gerardo el 10 junio, 2017 27 Comments

Puntaje del Post
[Total: 13 Promedio: 3.6]

EL comprobante CFDI con complemento de pagos o REP , no es otra cosa que un recibo de cuando nos pagan una factura.

Este nuevo tipo de CFDI es obligatorio a partir del 1ro de Septiembre del 2018, pero en nuestra aplicacion factura123.mx ya lo tenemos disponible, esto para facilitar la transición.
Y entonces, Cuando emitimos un Comprobante de Pagos o REP? esto se hará cuando expidamos una factura (cualquier ingreso como un recibo de honorarios, de arrendamiento, etc) y no nos la paguen en el momento, por ejemplo si nosotros expedimos una factura el día 10 de Junio y nos la pagan hasta el día siguiente 11 de Junio forzosamente por disposición fiscal tenemos y debemos de expedir un comprobante de pago relacionando la factura original e indicando la forma de pago (Efectivo, Transferencia, Tarjeta, etc).

 

pagos

Recibo de Pago




La autoridad fiscal SAT define que de acuerdo a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente que hay dos situaciones donde se debe de emitir el CFDI con Complemento de Pagos REP:

     Caso 1.

Cuando la factura sea en una sola exhibición y esta no sea cubierta al momento de la expedición de dicha factura.

     Caso 2.

Cuando la factura no se pague en una solo exhibición, es decir parcialidades o pagos diferidos.

 


Ejemplo Caso 1:

Emitimos una Factura en “Una Sola Exhibición” el día 1 de Junio del 2017 y el cliente acordó liquidar en una fecha posterior, en este caso, debemos de indicar en la factura el total de la contraprestación además de indicar la forma de pago “99 – Por Definir”.

Posteriormente, cuando nuestro cliente nos liquide dicha factura por ejemplo el día 10 de Junio debemos de indicar el monto del pago y la forma en que se hizo “01 Efectivo” en este caso, algo muy importante es que dicho comprobante su SubTotal y Total vendrá en CERO, realmente donde vendra la cantidad pagada sera en el complemento, de esta manera no tenemos por que preocuparnos por el registro de un doble ingreso.

 





Ejemplo Caso 2:

Supongamos que acordamos con nuestro cliente que liquidara la contraprestación (honorarios, arrendamiento, venta de productos, prestación servicios, etc) en varias fechas y pagos, en este caso la Factura la debemos de emitir bajo el método  “Parcialidades o Diferido” y la forma al “99 – Por definir” ya que no sabemos como nos pagara si en efectivo, por tarjeta, transferencia, etc.,  igualmente indicando el total de la operación.

Después cuando nos pague una parte del total por ejemplo $500 pesos el dia 3 de Junio debemos de emitir un comprobante de pagos por el monto de $500 pesos, adicionalmente debemos de indicar la forma en que se nos pago como por ejemplo  efectivo, transferencia, etc, es importante mencionar que como la factura original era por el total de $1,000 pesos quedará un saldo de $500 pesos dato que automáticamente se refleja en el comprobante.

Luego si recibimos por ejemplo el día 5 de Junio el monto de $250 pesos al igual que el pago anterior debemos de indicar la forma de pago en este caso “28 – Tarjeta de Débito” el monto y de igual manera el sistema calculará el saldo acorde a los pagos que hayamos recibido anteriormente y lo reflejara en el comprobante.

Y por último, como se muestra en el ejemplo , el cliente nos liquida el saldo de $250 pesos de igual forma estamos obligados a expedir el comprobante indicando el monto $250 y la forma de pago como en este ejemplo “01 – Efectivo” y como lo hemos mencionado antes se recalculara el saldo y este acorde a los demás pagos quedara en CERO y nuestra factura estará totalmente liquidada.

Algo que es importante destacar, es que en esta nueva versión de CDFI 3.3 y Complemento de Pagos REP, ya no es necesario indicar desde un inicio el total de parcialidades que se harán esto debido a que la autoridad fiscal cayo en cuenta de que es un poco difícil establecerlo desde un principio, ahora es suficiente con indicar el numero de parcialidad que cabe mencionar factura123.mx lo calcula por ti al igual que los saldos.

 

Complemento de Pagos - Parcialidades o Diferido

Complemento de Pagos REP – Parcialidades o Diferido


 

En Factura123.mx ya estamos listos para que cumplas con las nuevas disposiciones fiscales y te mostramos como hacerlo de una forma sencilla y rápida.

Ver en https://www.youtube.com/watch?v=d31Bch5qQsQ

Ver Ejemplo de Version Impresa PDF y XML con Timbre Fiscal
https://blog.factura123.mx/ejemplo-complemento-recibo-pagos

 





Fuente: 

Especificación Oficial del Complemento de Pagos.
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/Recepcion_de_pagos.aspx

Guia de llenado CFDI con Complemento de Pagos.
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Complementoscfdi/Guia_comple_pagos.pdf



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Comments

  1. florerias mexico says

    5 agosto, 2017 at 8:02 AM

    Excelente!

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      26 agosto, 2017 at 11:28 AM

      Gracias por su comentario, esperamos que le haya sido de ayuda este artículo.

      Responder
      • Miguel says

        27 septiembre, 2017 at 11:36 AM

        Hola,disculpa una pregunta en que momento se define cuando es un PUE o un PPD

        Responder
        • gerardo@saitenlinea.com says

          26 octubre, 2017 at 2:34 PM

          Hola que tal Miguel, en el complemento o recibo de pagos no se define metodo de pago (PPD o PUE) ya que como es un recibo se supone que la contraprestacion la estas recibiendo en ese momento.
          Por otro lado, si te refieres cuando definimos si una factura (ingreso) vamos a definirla PUE o PPD, eso depende de una cosa si te la pagan en el momento = PUE si no te la pagan en el momento (credito) es PPD.

          Saludos!

          Responder
  2. binoculares de largo alcance says

    9 octubre, 2017 at 10:38 AM

    Muy buena información en este blog, me gustaría haber visto esto antes.

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      26 octubre, 2017 at 2:34 PM

      Gracias por tu comentario.
      Saludos!!

      Responder
  3. Enrique Orozco says

    8 noviembre, 2017 at 11:43 AM

    Buena tarde, sucede que de un producto que se vendió nos emitieron una factura con un monto menor a la transferencia que se hizo, posterior a los dos días, nos emitieron una factura con el complemento de la cantidad.
    Esta operación así es valida?

    Responder
  4. Miguel says

    14 noviembre, 2017 at 11:46 AM

    buen dia:
    con que parametros se genera el sello bidimensional en un complemento de pagos?
    saludos.

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      29 noviembre, 2017 at 10:08 AM

      Hola que tal Miguel, te comparto con mucho gusto la informacion.

      Debe contener los siguientes datos en la siguiente secuencia:
      1. La URL del acceso al servicio que pueda mostrar los datos de la versión pública del
      comprobante.
      2. Número de folio fiscal del comprobante (UUID).
      3. RFC del emisor.
      4. RFC del receptor.
      5. Total del comprobante.
      3. Ocho últimos caracteres del sello digital del emisor del comprobante.

      Ejemplo:
      https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/default.aspx?id=5803EB8D-81CD-4557-8719-
      26632D2FA434&re=XOCD720319T86&rr=CARR861127SB0&tt=0000014300.000000&fe=rH8/bw==

      Fuente : http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/cfdv33.pdf Pagina 60

      Responder
  5. Arturo says

    24 noviembre, 2017 at 9:09 AM

    Hola, a mi me generaron una factura por honorarios que aun no he pagado, pero en la forma de pago ponen transferencia electrónica y método de pago PUE. Yo siempre pago por transferencia, pero en este caso no debieron pedirme la transferencia primero y ademas adjuntar los datos de la cuenta de transferencia?. Deben hacer otra factura?

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      29 noviembre, 2017 at 9:51 AM

      Hola que tal Arturo, correcto la forma en como usted dice es la correcta.
      Sin embargo, el recibo electrónico de pagos entrara en vigor a partir del 1 de Abril del 2018, es decir, que aun es opcional su uso por lo tanto tambien es correcta la forma en que le emitieron la factura.
      Saludos!

      Responder
  6. FELIPE SUASTI says

    4 enero, 2018 at 10:41 PM

    Felipe Suasti
    Buenas noches.
    En este caso si se emitio una factura el día de hoy con forma de pago transferencia electronica y metodo de pago en una sola exhibición y me la pagan el mismo dia pero horas despues, tengo que emitir un recibo electronico de pagos.

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      16 enero, 2018 at 10:43 AM

      Hola que tal Felipe, en tu caso al parecer no es necesario, porque fue el mismo dia y ademas ya habias acordado con el cliente la forma de pago.
      Saludos!

      Responder
  7. FELIPE says

    5 enero, 2018 at 9:37 AM

    Hola Buenos Días.

    Tengo una duda cuando se emite una factura con forma de pago Transferencia Electrónica y con método de pago en una sola exhibición y me la pagan el mismo día de la emisión pero horas después tendré que generar un complemento de pago ya que este no se pago en el momento de la emisión.

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      16 enero, 2018 at 10:44 AM

      Hola que tal Felipe, en tu caso al parecer no es necesario, porque fue el mismo dia y ademas ya habias acordado con el cliente la forma de pago.
      Saludos!

      Responder
  8. luzma says

    24 enero, 2018 at 3:59 PM

    hola.. que pasa si me generan una factura como PPD, ya que no se cuando la voy a pagar, pero al final la termino pagando el mismo día de la emisión. me deben generar recibo electrónico?

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      24 enero, 2018 at 4:33 PM

      Hola que tal Luz Maria, si correcto, ya que en la factura PPD no sabias la forma de pago es decir efectivo, transferencia, en el recibo deberás de indicar la forma con la que te termino pagando.
      Saludos

      Responder
  9. Miguel says

    26 enero, 2018 at 12:07 PM

    Hola buen dia, existe sancion si no hago el complemento o recibo en CFDI es decir, emito mi factura y pongo PUE, metodo transferencia electronica, el dia 10 de enero pero me pagan hasta el 20 de enero , tengo obligacion de emitir el CFDI de pago pero se me olvida, que pasa en ese caso, cual es la sancion

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      29 enero, 2018 at 4:45 PM

      Hola que tal Daniel, en este caso la autoridad fiscal SAT nos dio como plazo hasta el 1 de Abril para adoptar de manera obligatoria dicho comprobante, por ahora es opcional su uso.
      Mas Informacion: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/Recepcion_de_pagos.aspx

      Responder
  10. OSWALDO SANCHEZ REYES says

    29 enero, 2018 at 4:37 PM

    hola que tal que pasa si me realizan la transferencia primero y al otro dia realizo la factura. tengo que hacer complemento de factura????

    Responder
    • gerardo@saitenlinea.com says

      29 enero, 2018 at 4:40 PM

      Hola que tal Oswaldo, mas facil, no es necesario el complemento de pago, solo haz tu factura con la forma de pago 03 Transferencia Electrónica.
      Saludos!

      Responder
  11. MONICA says

    31 enero, 2018 at 4:51 PM

    Hola, buenas tardes. Tengo una duda.

    Yo expido facturas de arrendamiento de inmuebles, ya que la factura no me la pagan el mismo día, cual es el método de pago y forma de pago correcta?, y también requiero saber si ya tengo la obligación de emitir el recibo o complemento de pago, el día que me liquidan la factura. (después de lo correcto que usted me indique claro)

    Responder
    • Gerardo says

      5 febrero, 2018 at 12:46 PM

      Hola Monica, si efectivamente, como no recibiste el dinero del arrendamiento cuando emitiste la factura tienes la obligación de emitir un recibo de pagos. Los sig pasos son los idóneos:

      1. Emitir la factura por el arrendamiento indicando
      Metodo de Pago: PPD Pago en Parcialidades o Diferido
      Forma de Pago: 99 Por Definir
      2. Cuando pague el arrendatario y reciba el dinero, emitir un Recibo de Pago
      Forma de Pago: 01 Efectivo, o cualquier otra forma de como recibió el pago.
      Relacionar La factura por el arrendamiento y indicar el abono total.

      saludos!

      Responder
  12. Guadalupe González says

    7 febrero, 2018 at 4:18 PM

    Buenas tardes, disculpe una duda, al momento en que me pagan una factura completa y esta es a crédito, en mi complemento de pago como debe de decir el método de pago??? PUE?? ya que se paga completa la factura? o como debería de ser?
    GRACIAS

    Responder
    • Gerardo says

      22 febrero, 2018 at 3:40 PM

      Hola Guadalupe, el campo metodo de pago en el recibo electronico de pagos no existe, ya que el metodo lo indicaste en la factura.

      Saludos!

      Responder
  13. Alberto says

    8 agosto, 2018 at 9:04 AM

    Buen día, para generar los REP al momento de configurarlos me pone que especifique el Régimen que tengo pero si tengo dos y recibo pagos por los dos…. debo configurar un recibo para cada régimen? de antemano muchas gracias.

    Saludos

    Responder
    • Gerardo says

      8 agosto, 2018 at 9:38 AM

      Hola Alberto, es necesario que indiques el régimen con cual facturaste el CFDI que te están pagando.
      Saludos!

      Responder

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